Ascenso o reubicación de nivel salarial en el escalafón docente oficial
Secretaría de Educación
¿En qué consiste este trámite?
Trámite mediante el cual un docente o directivo docente asciende a otro grado dentro del escalafón o se reubica de nivel salarial dentro de su mismo grado a través de evaluación de competencias.
Fundamento Legal
Decreto 2277 de 1979 Decreto 1278 de 2002 (Artículos 19-36) Decreto 2715 de 2009 (Artículos 2-5, 10-17) Decreto 0240 de 2012
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Esté atento al cronograma fijado por el Ministerio de Educación y la Secretaría Departamental.
Paso 2: Realice la inscripción a la convocatoria abierta de méritos y realice el pago del NIP.
Paso 3: Presente la evaluación de competencias. Una vez superada (puntaje > 80%), ingrese a este formulario web dentro de los 15 días siguientes a la publicación de los resultados.
Paso 4: Radique el recibo del NIP y los diplomas correspondientes (solo si aplica para ascenso a grado 2 o 3).
Paso 5: La Secretaría de Educación validará sus evaluaciones de desempeño (mínimo 60%) y el tiempo de servicio acumulado.
Paso 6: Si cumple con todas las condiciones y requisitos verificados institucionalmente, se emitirá el acto administrativo formalizando su ascenso o reubicación salarial.
Ficha del Trámite
- Código 35453
- Plazo 15 días hábiles
- Costo Pago del NIP (Derechos de participación CNSC)
- Canal online