Autorización de funcionamiento de establecimientos farmacéuticos
Secretaría de Salud
¿En qué consiste este trámite?
Obtener la autorización legal para el funcionamiento de farmacias-droguerías, droguerías, laboratorios farmacéuticos, depósitos de drogas, agencias de especialidades farmacéuticas y servicios farmacéuticos.
Fundamento Legal
Resolución 010911 de 1992 (Artículos 1-4, 9-10) Resolución 1403 de 2007 Ley 08 de 1971 (Artículo 1) Ley 100 de 1993 (Artículo 173) Ley 962 de 2005 (Artículo 27) Decreto 780 de 2016 Decreto 065 de 2014
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Realice el pago correspondiente a 2 SMLDV en la cuenta de ahorros del Fondo Rotario de Estupefacientes.
Paso 2: Radique la solicitud virtual adjuntando los certificados y el diploma del director responsable, junto con el soporte de pago.
Paso 3: La Secretaría de Salud realizará la revisión de la documentación radicada para avalar el cumplimiento de requisitos normativos.
Paso 4: Si la documentación es conforme, se programará una visita de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) a las instalaciones del establecimiento.
Paso 5: Ejecución presencial de la visita para verificar infraestructura, dotación y recurso humano.
Paso 6: En caso de resultados satisfactorios, la oficina de medicamentos elabora la autorización y se envía a la Secretaría Seccional de Salud para la firma.
Paso 7: Notificación final y entrega de la Autorización de Funcionamiento al solicitante.
Ficha del Trámite
- Código 32946
- Plazo 10 días hábiles
- Costo 2 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes
- Canal online