Cesantía definitiva para docentes oficiales
Secretaría de Educación
¿En qué consiste este trámite?
Obtener el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas para todo docente oficial que se retire en forma definitiva del servicio.
Fundamento Legal
Ley 6 de 1945 (Artículos 13, 17, 25) Ley 65 de 1946 (Artículo 1) Ley 91 de 1989 (Artículo 15, numeral 3) Ley 244 de 1995 Decreto 1160 de 1947 Decreto 2831 de 2005 (Artículos 2-5) Decreto Único Reglamentario 1075 de 2015 Circular 001 de 2008
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Solicite en la pagaduría de su entidad su Paz y Salvo institucional y tenga a la mano la resolución de su retiro definitivo.
Paso 2: Dependiendo de su régimen de vinculación (Nacional o Territorial), reúna los paz y salvos del FNA o los certificados de anticipos correspondientes.
Paso 3: Ingrese al portal web 'Humano en Línea' o radique su solicitud virtualmente adjuntando todos los soportes en formato PDF.
Paso 4: La Secretaría de Educación realizará la validación de sus tiempos de servicio y aportes al Magisterio.
Paso 5: Aprobación y expedición del acto administrativo que ordena el pago de sus cesantías definitivas.
Paso 6: Notificación electrónica del resultado. (Recuerde que el derecho a reclamar prescribe a los 3 años del retiro).
Serás redirigido al portal externo correspondiente.
Ficha del Trámite
- Código 32652
- Plazo 15 días hábiles
- Costo Gratis
- Canal online