Fusión o conversión de establecimientos educativos oficiales
Secretaría de Educación
¿En qué consiste este trámite?
Obtener la autorización para unificar varios establecimientos educativos oficiales o privados de una misma jurisdicción, formando una nueva institución educativa con estructura administrativa propia.
Fundamento Legal
Ley 115 de 1994 (Artículo 138, Parágrafo) Decreto 1860 de 1994 (Artículo 13) Decreto 3433 de 2008 (Artículo 9) Resolución 0914 de 2021 Decreto Único Reglamentario 1075 de 2015
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Verifique que su solicitud se encuentre dentro de los periodos del calendario habilitado (1 de febrero al 30 de mayo o 1 de julio al 31 de octubre).
Paso 2: Radique la solicitud virtualmente adjuntando la carta formal, el PEI integrado y el acta del consejo directivo.
Paso 3: La Secretaría de Educación realizará la validación técnica y jurídica de los documentos proporcionados.
Paso 4: El establecimiento resultante deberá atender una visita técnica presencial por parte de los funcionarios de la Secretaría.
Paso 5: En caso de observaciones, la institución deberá responder y subsanar los requerimientos adicionales que surjan en la visita.
Paso 6: Aprobación y expedición del acto administrativo que autoriza la unificación de los establecimientos educativos.
Ficha del Trámite
- Código 39885
- Plazo 90 días hábiles
- Costo Gratis
- Canal online