Inscripción, renovación, ampliación o modificación para el manejo de medicamentos de control especial
Secretaría de Salud
¿En qué consiste este trámite?
Obtener autorización (inscripción, renovación, ampliación o modificación) para realizar actividades con medicamentos de control especial de uso humano o veterinario (importar, exportar, comprar, vender, distribuir, fabricar, etc.).
Fundamento Legal
Resolución 315 de 2020 (Artículos 8-10, 15, Anexo 3) Decreto 780 de 2016 Decreto 065 de 2014 Resolución 1479 de 2006 Resolución 1478 de 2006 (Artículos 11-36) Decreto 2330 de 2006
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Realice el pago correspondiente a 15 SMLDV en la cuenta de ahorros del Fondo Rotario de Estupefacientes.
Paso 2: Radique la solicitud virtual adjuntando los anexos técnicos, perfiles profesionales y el soporte de pago.
Paso 3: La Secretaría de Salud realizará la revisión documental. En caso de no ser conforme, se solicitará subsanar.
Paso 4: Si la documentación es conforme, se programa y ejecuta una visita de inspección sanitaria para verificar la infraestructura y protocolos.
Paso 5: Con resultado satisfactorio, se proyecta la autorización sanitaria y se envía a revisión jurídica.
Paso 6: Aprobación jurídica y firma del acto administrativo por la Secretaria Seccional de Salud.
Paso 7: Notificación final y entrega de la autorización al representante legal.
Ficha del Trámite
- Código 32950
- Plazo 10 días hábiles
- Costo 15 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes
- Canal online