Cód. 72909 Disponible En Línea

Licencia de prácticas médicas para el uso de equipos generadores de radiación ionizante

Secretaría de Salud

60
Días Hábiles
Gratis
Costo
¿En qué consiste este trámite?

Otorgar, renovar o modificar la autorización para el uso de equipos generadores de radiación ionizante aplicados a la salud humana (diagnóstico o tratamiento), clasificando la instalación en Categoría I o II.

Fundamento Legal

Resolución 1811 de 2025 Resolución 482 de 2018 (Artículos 7, 14, 21, 23, Anexo 5) Resolución 4445 de 1996 Resolución 4816 de 2008

Documentos Requeridos
Formato de solicitud y documentos de identidad
Formulario oficial diligenciado, copia de Cédula y RUT.
Soportes Profesionales del Personal Responsable
Cédulas, diplomas de posgrado y de protección radiológica del director técnico, profesionales de control de calidad y encargado de protección.
Opcional
Soportes de Infraestructura y Equipos
Planos, descripción de blindajes, pruebas de caracterización de equipos y certificados de calibración.
Opcional
Informes de Seguridad y Dosimetría
Registros dosimétricos, control de calidad y cumplimiento de niveles de referencia/dosis.
Opcional
Programas Institucionales
Programas de protección radiológica, tecnovigilancia, mantenimiento, capacitación y vigilancia radiológica.
Opcional
Declaraciones y Soportes Adicionales
Declaraciones de primera parte, documentos de talento humano o barreras de seguridad según aplique a su Categoría y tipo de trámite.
Opcional
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
1

Paso 1: Radique su solicitud y anexe la documentación técnica y administrativa a través del portal web (el trámite no tiene costo).

2

Paso 2: La Secretaría Seccional revisará todos los estudios y programas radicados en un término de 20 días hábiles.

3

Paso 3: Si se encuentran no conformidades o información técnica incompleta, se le notificará para que realice las subsanaciones correspondientes.

4

Paso 4: Una vez la documentación sea conforme, se programará una visita de verificación presencial a sus instalaciones.

5

Paso 5: Durante la visita, los inspectores validarán los blindajes, la señalización (símbolo internacional), los equipos y la información reportada en los estudios ambientales.

6

Paso 6: Si los resultados de la visita son conformes, se proyecta la licencia médica.

7

Paso 7: Aprobación por la oficina jurídica y firma de la licencia por parte de la Secretaría de Salud.

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Ficha del Trámite
  • Código 72909
  • Plazo 60 días hábiles
  • Costo Gratis
  • Canal online
Dependencia Responsable
Secretaría de Salud
SS-004