Pensión de jubilación para docentes oficiales
Secretaría de Educación
¿En qué consiste este trámite?
Obtener el reconocimiento de la pensión de jubilación vitalicia para docentes oficiales que acrediten el cumplimiento de la edad y el tiempo de servicio requerido.
Fundamento Legal
Ley 91 de 1989 (Artículo 15, Numeral 2, Literal A, B) Decreto 1848 de 1969 (Artículos 68-80) Decreto 3135 de 1968 (Artículos 30-31) Decreto 196 de 1995 Decreto 3752 de 2003 Decreto 2831 de 2005 (Artículos 2-5) Circular 001 de 2008
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Reúna su documentación básica (cédula y registro civil) y las certificaciones adicionales si aplica a alguna de las excepciones (haber laborado en otras entidades territoriales, estar retirado o ya tener pensión).
Paso 2: Ingrese a la plataforma oficial 'Humano en Línea' o radique su solicitud virtualmente adjuntando todos los soportes en formato PDF.
Paso 3: La Secretaría de Educación realizará la validación técnica en sus bases de datos para comprobar que cuenta con los 20 años de servicio y los aportes de ley al fondo del magisterio.
Paso 4: En caso de observaciones, se le notificará para que subsane los requerimientos adicionales.
Paso 5: Aprobación y expedición del acto administrativo o resolución que reconoce y ordena el pago de la pensión de jubilación.
Serás redirigido al portal externo correspondiente.
Ficha del Trámite
- Código 32595
- Plazo 15 días hábiles
- Costo Gratis
- Canal online