Pensión de retiro por vejez para docentes oficiales
Secretaría de Educación
¿En qué consiste este trámite?
Obtener el reconocimiento de la pensión de retiro por vejez de forma vitalicia para docentes activos que son retirados del servicio por haber cumplido 65 años y no reúnen los requisitos para la pensión de jubilación o invalidez.
Fundamento Legal
Ley 71 de 1988 (Artículo 8) Ley 100 de 1993 (Artículos 33-37) Ley 797 de 2003 Ley 812 de 2003 (Artículo 81) Decreto 3135 de 1968 (Artículo 29) Decreto 1848 de 1969 (Artículos 81-85) Decreto 3752 de 2003 Decreto 2831 de 2005 (Artículos 2-5) Circular 001 de 2008
Documentos Requeridos
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
Paso 1: Reúna su cédula, su registro civil de nacimiento y las certificaciones pensionales correspondientes a su caso.
Paso 2: Ingrese a la plataforma oficial 'Humano en Línea' o radique su solicitud virtualmente por medio de este formulario.
Paso 3: La Secretaría de Educación validará sus datos de edad (65 años) y verificará los aportes de ley realizados al Fondo del Magisterio.
Paso 4: En caso de requerir documentación adicional para tiempos laborados en otras entidades o retiro, se le notificará vía correo o sistema.
Paso 5: Aprobación y expedición del acto administrativo que otorga el reconocimiento de la pensión por vejez.
Paso 6: Notificación electrónica del resultado a través del portal 'Humano en Línea'.
Serás redirigido al portal externo correspondiente.
Ficha del Trámite
- Código 32613
- Plazo 15 días hábiles
- Costo Gratis
- Canal online