Cód. 81825 Disponible En Línea

Reconocimiento de cuotas partes pensionales

Secretaría de Educación

90
Días Hábiles
Gratis
Costo
¿En qué consiste este trámite?

Realizar acto administrativo mediante el cual se reconozca y ordene el pago de las cuotas pensionales de la(s) entidad(es) ejecutora(s).

Fundamento Legal

Ley 4 de 1978 Ley 33 de 1985 Ley 1066 de 2006 Decreto Ley 1833 de 2016

Documentos Requeridos
Formulario de Solicitud Web
Radicación formal de la intención de cobro por parte de la entidad.
Soportes Financieros y Tributarios
Nota: La Secretaría validará internamente las cuentas de cobro, certificaciones bancarias, liquidaciones y RUT. No se requieren soportes físicos en el formulario.
¿Cómo realizar este trámite?
Por Internet — Paso a paso
1

Paso 1: Ingrese al sistema 'Humano en Línea' o utilice este formulario web para iniciar formalmente la solicitud de reconocimiento de la cuota parte pensional.

2

Paso 2: La Secretaría de Educación y la oficina de nómina extraerán del sistema la cuenta de cobro, el soporte bancario de la entidad, el RUT y la liquidación individual de los pensionados.

3

Paso 3: Se realizará la validación de la información financiera frente a las respuestas y bases de datos de las Administradoras de Pensiones.

4

Paso 4: El proceso puede demorar hasta 90 días hábiles, sujeto a las respuestas y cruces de información con los fondos pensionales externos.

5

Paso 5: Aprobación y expedición del acto administrativo que reconoce la cuota parte y autoriza el desembolso.

6

Paso 6: Notificación electrónica del acto administrativo a través del sistema 'Humano en Línea'.

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Ficha del Trámite
  • Código 81825
  • Plazo 90 días hábiles
  • Costo Gratis
  • Canal online
Dependencia Responsable
Secretaría de Educación
SE-002